Nueva Delhi, 25 abr (PTI) El Tribunal Superior de Delhi solicitó el viernes respuestas del Centro y AIIMS sobre una petición presentada por asociaciones de enfermeras que buscan la implementación de una política de transferencia conyugal, diciendo que su ausencia era discriminatoria contra las mujeres.

El juez Sachin Datta emitió una notificación al Centro y al Instituto de Ciencias Médicas de toda la India (AIIMS) de Delhi, Bhopal, Bhubaneswar, Patna y otros lugares, y les pidió que presentaran sus respuestas.

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Los demandantes ante el tribunal fueron la Federación de Enfermeras del Gobierno de la India; Asociación de Desarrollo Profesional de Enfermería, AIIMS Rishikesh; Sindicato de Enfermeras AIIMS Patna y Asociación de Oficiales de Enfermería AIIMS de Manglagiri.

La abogada principal Vibha Datta Makhija, que compareció en nombre de los peticionarios, dijo que la petición se refería al derecho de las enfermeras a la familia y que había un «vacío» en la cuestión de la transferencia por motivos conyugales, ya que no existían normas para dicha transferencia de empleados de los institutos de salud.

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Los peticionarios, también representados por los abogados Satya Sabharwal y Palak Bishnoi, solicitaron traslados entre dos hospitales de AIIMS; AIIMS y otra institución de importancia nacional; AIIMS y cualquier instituto dependiente del Ministerio de Salud y Bienestar, y AIIMS y cualquier instituto dependiente del gobierno estatal.

«Al omisión/no aplicación de los memorandos de la oficina del Departamento de Personal y Capacitación (DOPT) por motivos conyugales, se discrimina indirectamente a la mujer. La omisión/no implementación de las OM DOPT constituye un paso altamente regresivo que ignora las realidades sociales y, por lo tanto, esto viola los artículos 14, 15 (1) y 16 (1)», dice la petición.

En el motivo se argumentaba que la ausencia de la política de traslado por motivos conyugales por parte de AIIMS daba lugar a una «discriminación indirecta contra las mujeres», que debían renunciar a sus oportunidades de empleo como «cuidadoras principales de una familia» y, por lo tanto, era ilegal, violatoria de la garantía constitucional de no discriminación consagrada en el artículo 14.

La petición decía que la no implementación también violaba la igualdad de oportunidades y la igualdad de género en virtud de los artículos 16 y 15 de la Constitución de la India.



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